Impuestos municipales en Cabezas del Villar 2026

Municipio de Ávila, Castilla y León, 217 habitantes. Código 05044.

Cabezas del Villar · ejercicio 2026comparado con la provincia de Ávila
IBI urbano (tipo)
0,55 %igual que la provincia
Circulación, turismo 8 a 11,99 CV
44,58 €más alto que la provincia
ICIO (obras)
2 %igual que la provincia

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

IBI en Cabezas del Villar

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El tipo del IBI urbano en Cabezas del Villar es 0,55 % en 2026. Se aplica sobre la base liquidable de cada inmueble (normalmente el valor catastral o algo menos): con 100.000 € de base, la cuota íntegra son 550,00 € al año, antes de bonificaciones.

Está igual que la mediana de los 231 municipios de la provincia con dato (0,55 %); ocupa el puesto 114.º de 231, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (0,6 %, 7.391 municipios).

Tipos de gravamen del IBI 2026
Urbana (viviendas, locales)0,55 %
Rústica0,65 %
Bienes de características especiales0,6 %
Última revisión catastral general1990

Los valores catastrales de Cabezas del Villar proceden de la ponencia de valores de 1990. Desde entonces solo cambian con los coeficientes de actualización que fija la ley de presupuestos.

Evolución del tipo urbano

20220,55 %
20230,55 %
20240,55 %
20250,55 %
20260,55 %

El tipo urbano no ha cambiado entre 2022 y 2026: 0,55 %.

Calculadora del IBI

Introduce la base liquidable o el valor catastral de tu recibo.

Cuota íntegra = base liquidable x tipo. No incluye bonificaciones (familia numerosa, energía solar, vivienda de protección oficial) ni recargos por viviendas vacías, que fija cada ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Plusvalía municipal en Cabezas del Villar

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (IIVTNU)

Hacienda no tiene coeficientes ni tipos de plusvalía de Cabezas del Villar para 2022 a 2026. La plusvalía es un impuesto voluntario para los ayuntamientos; pregunta en el tuyo si lo aplica y con qué ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Impuesto de circulación en Cabezas del Villar

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 44,58 € al año en Cabezas del Villar. Es 1,31 veces la cuota mínima legal de 34,08 €; el máximo permitido es el doble.

Está por encima de la mediana de los 231 municipios de la provincia con dato (34,08 €); ocupa el puesto 8.º de 231, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (38,51 €, 7.391 municipios).

Tarifas del IVTM 2026 (euros al año)
Turismos
Menos de 8 caballos fiscales18,57 €
De 8 a 11,99 caballos fiscales44,58 €
De 12 a 15,99 caballos fiscales90,96 €
De 16 a 19,99 caballos fiscales112,32 €
De 20 caballos fiscales en adelante139,17 €
Autobuses
Menos de 21 plazas104,42 €
De 21 a 50 plazas147,42 €
Más de 50 plazas182,66 €
Camiones
Menos de 1.000 kg de carga útil55,31 €
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil104,42 €
Más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil146,77 €
Más de 9.999 kg de carga útil182,66 €
Tractores
Menos de 16 caballos fiscales25,04 €
De 16 a 25 caballos fiscales37,83 €
Más de 25 caballos fiscales104,42 €
Remolques
De más de 750 y menos de 1.000 kg de carga útil25,04 €
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil37,83 €
Más de 2.999 kg de carga útil104,42 €
Otros vehículos
Ciclomotores7,47 €
Motocicletas hasta 125 cc7,47 €
Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc12,21 €
Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc21,47 €
Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc39,62 €
Motocicletas de más de 1.000 cc77,26 €

Evolución, turismo de 8 a 11,99 CV

202244,58 €
202344,58 €
202444,58 €
202544,58 €
202644,58 €

La cuota no ha cambiado entre 2022 y 2026: 44,58 €.

¿Cuánto paga tu vehículo?

Cuota anual: 44,58 €

Lo paga quien figura como titular en la DGT a 1 de enero; en altas y bajas se prorratea por trimestres. Las bonificaciones (vehículos eléctricos, históricos) dependen de la ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

ICIO en Cabezas del Villar

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

Quien hace una obra con licencia o declaración responsable en Cabezas del Villar paga un ICIO de 2 % del presupuesto de ejecución material (máximo legal 4 %). Una reforma de 20.000 € paga 400 €.

Está igual que la mediana de los 203 municipios de la provincia con dato (2 %); ocupa el puesto 81.º de 203, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (2,7 %, 6.919 municipios).

20222 %
20232 %
20242 %
20252 %
20262 %

El tipo del ICIO no ha cambiado entre 2022 y 2026: 2 %.

Calculadora del ICIO

Introduce el presupuesto de ejecución material de la obra.

Sin IVA, honorarios ni beneficio industrial. Muchos ayuntamientos cobran además una tasa por la licencia de obras.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Tasa de basuras en Cabezas del Villar

Tasa por recogida de residuos

Sin datos de tasa de basuras de Cabezas del Villar. La fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y no figura en la base de datos de Hacienda; desde la Ley 7/2022 de residuos casi todos la cobran.

IAE en Cabezas del Villar

Impuesto sobre Actividades Económicas

Solo lo pagan empresas con más de un millón de euros de cifra de negocios. Cabezas del Villar aplica un coeficiente de situación único de 1,00 en 2026 (máximo legal 3,8).

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Sobre estos datos

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026. Los tipos son los que cada ayuntamiento comunica al Ministerio (consulta de información impositiva municipal), años 2022 a 2026. Esta web es privada e independiente: el Ministerio de Hacienda no la ha elaborado ni la respalda. Las cuotas son orientativas; lo que vale es la ordenanza fiscal de Cabezas del Villar y tu recibo. Las reglas generales están en el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).