Impuestos municipales en Pozo de Almoguera 2026

Municipio de Guadalajara, Castilla-La Mancha, 110 habitantes. Código 19224.

Pozo de Almoguera · ejercicio 2026comparado con la provincia de Guadalajara
IBI urbano (tipo)
0,629 %más alto que la provincia
Circulación, turismo 8 a 11,99 CV
34,08 €igual que la provincia
ICIO (obras)
2 %más bajo que la provincia

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

IBI en Pozo de Almoguera

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El tipo del IBI urbano en Pozo de Almoguera es 0,629 % en 2026. Se aplica sobre la base liquidable de cada inmueble (normalmente el valor catastral o algo menos): con 100.000 € de base, la cuota íntegra son 629 € al año, antes de bonificaciones.

Está por encima de la mediana de los 281 municipios de la provincia con dato (0,6 %); ocupa el puesto 88.º de 281, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (0,6 %, 7.391 municipios).

Tipos de gravamen del IBI 2026
Urbana (viviendas, locales)0,629 %
Rústica0,42 %
Bienes de características especiales1,3 %
Última revisión catastral general2007

Los valores catastrales de Pozo de Almoguera proceden de la ponencia de valores de 2007. Desde entonces solo cambian con los coeficientes de actualización que fija la ley de presupuestos.

Evolución del tipo urbano

20220,629 %
20230,629 %
20240,629 %
20250,629 %
20260,629 %

El tipo urbano no ha cambiado entre 2022 y 2026: 0,629 %.

Calculadora del IBI

Introduce la base liquidable o el valor catastral de tu recibo.

Cuota íntegra = base liquidable x tipo. No incluye bonificaciones (familia numerosa, energía solar, vivienda de protección oficial) ni recargos por viviendas vacías, que fija cada ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Plusvalía municipal en Pozo de Almoguera

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (IIVTNU)

Hacienda no tiene coeficientes ni tipos de plusvalía de Pozo de Almoguera para 2022 a 2026. La plusvalía es un impuesto voluntario para los ayuntamientos; pregunta en el tuyo si lo aplica y con qué ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Impuesto de circulación en Pozo de Almoguera

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 34,08 € al año en Pozo de Almoguera. Es la cuota mínima que fija la ley (art. 95.1 TRLRHL).

Está igual que la mediana de los 281 municipios de la provincia con dato (34,08 €); ocupa el puesto 49.º de 281, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (38,51 €, 7.391 municipios).

Tarifas del IVTM 2026 (euros al año)
Turismos
Menos de 8 caballos fiscales12,62 €
De 8 a 11,99 caballos fiscales34,08 €
De 12 a 15,99 caballos fiscales71,94 €
De 16 a 19,99 caballos fiscales89,61 €
De 20 caballos fiscales en adelante112 €
Autobuses
Menos de 21 plazas83,30 €
De 21 a 50 plazas118,64 €
Más de 50 plazas148,30 €
Camiones
Menos de 1.000 kg de carga útil42,28 €
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil83,30 €
Más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil118,64 €
Más de 9.999 kg de carga útil148,30 €
Tractores
Menos de 16 caballos fiscales17,67 €
De 16 a 25 caballos fiscales27,77 €
Más de 25 caballos fiscales83,30 €
Remolques
De más de 750 y menos de 1.000 kg de carga útil17,67 €
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil27,77 €
Más de 2.999 kg de carga útil83,30 €
Otros vehículos
Ciclomotores4,42 €
Motocicletas hasta 125 cc4,42 €
Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc7,57 €
Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc15,15 €
Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc30,29 €
Motocicletas de más de 1.000 cc60,58 €

Evolución, turismo de 8 a 11,99 CV

202234,08 €
202334,08 €
202434,08 €
202534,08 €
202634,08 €

La cuota no ha cambiado entre 2022 y 2026: 34,08 €.

¿Cuánto paga tu vehículo?

Cuota anual: 34,08 €

Lo paga quien figura como titular en la DGT a 1 de enero; en altas y bajas se prorratea por trimestres. Las bonificaciones (vehículos eléctricos, históricos) dependen de la ordenanza.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

ICIO en Pozo de Almoguera

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

Quien hace una obra con licencia o declaración responsable en Pozo de Almoguera paga un ICIO de 2 % del presupuesto de ejecución material (máximo legal 4 %). Una reforma de 20.000 € paga 400 €.

Está por debajo de la mediana de los 257 municipios de la provincia con dato (2,4 %); ocupa el puesto 134.º de 257, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (2,7 %, 6.919 municipios).

20222 %
20232 %
20242 %
20252 %
20262 %

El tipo del ICIO no ha cambiado entre 2022 y 2026: 2 %.

Calculadora del ICIO

Introduce el presupuesto de ejecución material de la obra.

Sin IVA, honorarios ni beneficio industrial. Muchos ayuntamientos cobran además una tasa por la licencia de obras.

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Tasa de basuras en Pozo de Almoguera

Tasa por recogida de residuos

Sin datos de tasa de basuras de Pozo de Almoguera. La fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y no figura en la base de datos de Hacienda; desde la Ley 7/2022 de residuos casi todos la cobran.

IAE en Pozo de Almoguera

Impuesto sobre Actividades Económicas

Solo lo pagan empresas con más de un millón de euros de cifra de negocios. Pozo de Almoguera aplica un coeficiente de situación único de 1,00 en 2026 (máximo legal 3,8).

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.

Sobre estos datos

Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026. Los tipos son los que cada ayuntamiento comunica al Ministerio (consulta de información impositiva municipal), años 2022 a 2026. Esta web es privada e independiente: el Ministerio de Hacienda no la ha elaborado ni la respalda. Las cuotas son orientativas; lo que vale es la ordenanza fiscal de Pozo de Almoguera y tu recibo. Las reglas generales están en el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).