Impuestos municipales en Santander 2026
Municipio de Cantabria, 175.425 habitantes. Código 39075.
- IBI urbano (tipo)
- 0,4 %más bajo que la provincia
- Plusvalía (tipo de gravamen)
- 21 %más bajo que la provincia
- Circulación, turismo 8 a 11,99 CV
- 67,96 €más alto que la provincia
- ICIO (obras)
- 4 %más alto que la provincia
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
IBI en Santander
Impuesto sobre Bienes InmueblesEl tipo del IBI urbano en Santander es 0,4 % en 2026. Se aplica sobre la base liquidable de cada inmueble (normalmente el valor catastral o algo menos): con 100.000 € de base, la cuota íntegra son 400 € al año, antes de bonificaciones.
Está por debajo de la mediana de los 102 municipios de la provincia con dato (0,4725 %); ocupa el puesto 73.º de 102, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (0,6 %, 7.391 municipios).
| Urbana (viviendas, locales) | 0,4 % |
|---|---|
| Rústica | 0,87 % |
| Bienes de características especiales | 0,6 % |
| Última revisión catastral general | 2010 |
Los valores catastrales de Santander proceden de la ponencia de valores de 2010. Desde entonces solo cambian con los coeficientes de actualización que fija la ley de presupuestos.
Evolución del tipo urbano
El tipo urbano no ha cambiado entre 2022 y 2026: 0,4 %.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Plusvalía municipal en Santander
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (IIVTNU)La plusvalía se paga al vender, donar o heredar un inmueble urbano. En Santander el tipo de gravamen es 21 % (máximo legal 30 %). Con el método objetivo, un suelo con 50.000 € de valor catastral vendido tras 10 años paga 1.260 € (50.000 € x 0,12 x 21 %).
Está por debajo de la mediana de los 57 municipios de la provincia con dato (25 %); ocupa el puesto 40.º de 57, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (26 %, 3.316 municipios).
| Años de tenencia | Coeficiente | Tipo |
|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,15 | 21 % |
| 1 año | 0,15 | 21 % |
| 2 años | 0,14 | 21 % |
| 3 años | 0,14 | 21 % |
| 4 años | 0,16 | 21 % |
| 5 años | 0,18 | 21 % |
| 6 años | 0,19 | 21 % |
| 7 años | 0,20 | 21 % |
| 8 años | 0,19 | 21 % |
| 9 años | 0,15 | 21 % |
| 10 años | 0,12 | 21 % |
| 11 años | 0,10 | 21 % |
| 12 años | 0,09 | 21 % |
| 13 años | 0,09 | 21 % |
| 14 años | 0,09 | 21 % |
| 15 años | 0,09 | 21 % |
| 16 años | 0,10 | 21 % |
| 17 años | 0,13 | 21 % |
| 18 años | 0,17 | 21 % |
| 19 años | 0,23 | 21 % |
| 20 años o más | 0,40 | 21 % |
Evolución del tipo
El tipo de gravamen no ha cambiado entre 2022 y 2026: 21 %.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Impuesto de circulación en Santander
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 67,96 € al año en Santander. Es 1,99 veces la cuota mínima legal de 34,08 €; el máximo permitido es el doble.
Está por encima de la mediana de los 102 municipios de la provincia con dato (40,95 €); ocupa el puesto 4.º de 102, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (38,51 €, 7.391 municipios).
| Turismos | |
|---|---|
| Menos de 8 caballos fiscales | 25,16 € |
| De 8 a 11,99 caballos fiscales | 67,96 € |
| De 12 a 15,99 caballos fiscales | 143,45 € |
| De 16 a 19,99 caballos fiscales | 178,68 € |
| De 20 caballos fiscales en adelante | 223,33 € |
| Autobuses | |
| Menos de 21 plazas | 166,10 € |
| De 21 a 50 plazas | 236,57 € |
| Más de 50 plazas | 295,71 € |
| Camiones | |
| Menos de 1.000 kg de carga útil | 84,31 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 166,10 € |
| Más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil | 236,57 € |
| Más de 9.999 kg de carga útil | 295,71 € |
| Tractores | |
| Menos de 16 caballos fiscales | 35,23 € |
| De 16 a 25 caballos fiscales | 55,37 € |
| Más de 25 caballos fiscales | 166,10 € |
| Remolques | |
| De más de 750 y menos de 1.000 kg de carga útil | 35,23 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 55,37 € |
| Más de 2.999 kg de carga útil | 166,10 € |
| Otros vehículos | |
| Ciclomotores | 8,81 € |
| Motocicletas hasta 125 cc | 8,81 € |
| Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc | 15,09 € |
| Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc | 30,21 € |
| Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc | 60,40 € |
| Motocicletas de más de 1.000 cc | 120,80 € |
Evolución, turismo de 8 a 11,99 CV
La cuota no ha cambiado entre 2022 y 2026: 67,96 €.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
ICIO en Santander
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y ObrasQuien hace una obra con licencia o declaración responsable en Santander paga un ICIO de 4 % del presupuesto de ejecución material (máximo legal 4 %). Una reforma de 20.000 € paga 800 €.
Está por encima de la mediana de los 101 municipios de la provincia con dato (3 %); ocupa el puesto 1.º de 101, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (2,7 %, 6.919 municipios).
El tipo del ICIO no ha cambiado entre 2022 y 2026: 4 %.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Tasa de basuras en Santander
Tasa por recogida de residuosTarifa 2026 para viviendas según la ordenanza fiscal. Publicación: BOC n.º 173, 09/09/2025 (aprobación definitiva, Pleno 26/06/2025). Se calcula según: mixto. Cobra: Ayuntamiento. Recibo: anual; en 2026 por liquidación individual, desde 2027 por padrón.
| Vivienda con 0 o 1 empadronado | 114,55 € |
| Vivienda con 2 empadronados | 132,03 € |
| Vivienda con 3 empadronados | 142,94 € |
| Vivienda con 4 o más empadronados | 151,68 € |
Reducciones: 90 % para personas en riesgo de exclusión (perceptores de ingreso mínimo vital o renta social básica) en su vivienda habitual, solicitándolo antes del 1 de marzo; 30 % de la tarifa por empadronados por llevar residuos a puntos limpios fijos o móviles (se aplica el año siguiente).
Cambios: Nueva en 2026 (Ordenanza 3-T); antes la basura se cobraba en la factura del agua
Cuota = tarifa común de 103,64 € por inmueble + tarifa según empadronados (10,92 € a 48,04 €); las cuotas totales son las publicadas en la ordenanza (la de 0 o 1 empadronado figura como 114,55 €). En vigor desde el 01/01/2026.
Fuente: ordenanza fiscal de Santander . Consultado el 6 de octubre de 2026.
IAE en Santander
Impuesto sobre Actividades EconómicasSolo lo pagan empresas con más de un millón de euros de cifra de negocios. Santander aplica un coeficiente de situación de 1,00 a 3,42 según la calle en 2026 (máximo legal 3,8).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Sobre estos datos
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026. Los tipos son los que cada ayuntamiento comunica al Ministerio (consulta de información impositiva municipal), años 2022 a 2026. Esta web es privada e independiente: el Ministerio de Hacienda no la ha elaborado ni la respalda. Las cuotas son orientativas; lo que vale es la ordenanza fiscal de Santander y tu recibo. Las reglas generales están en el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).