Impuestos municipales en Sevilla 2026
Municipio de Sevilla, Andalucía, 689.423 habitantes. Código 41091.
- IBI urbano (tipo)
- 0,662 %más alto que la provincia
- Plusvalía (tipo de gravamen)
- 26,53 %más bajo que la provincia
- Circulación, turismo 8 a 11,99 CV
- 61 €más alto que la provincia
- ICIO (obras)
- 3,22 %más alto que la provincia
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
IBI en Sevilla
Impuesto sobre Bienes InmueblesEl tipo del IBI urbano en Sevilla es 0,662 % en 2026. Se aplica sobre la base liquidable de cada inmueble (normalmente el valor catastral o algo menos): con 100.000 € de base, la cuota íntegra son 662 € al año, antes de bonificaciones.
Está por encima de la mediana de los 101 municipios de la provincia con dato (0,6 %); ocupa el puesto 14.º de 101, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (0,6 %, 7.391 municipios).
| Urbana (viviendas, locales) | 0,662 % |
|---|---|
| Rústica | 0,685 % |
| Bienes de características especiales | 1,1271 % |
| Última revisión catastral general | 2001 |
Los valores catastrales de Sevilla proceden de la ponencia de valores de 2001. Desde entonces solo cambian con los coeficientes de actualización que fija la ley de presupuestos.
Evolución del tipo urbano
El tipo urbano bajó de 0,6758 % en 2022 a 0,662 % en 2026 (-2,0 %).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Plusvalía municipal en Sevilla
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (IIVTNU)La plusvalía se paga al vender, donar o heredar un inmueble urbano. En Sevilla el tipo de gravamen es 26,53 % (máximo legal 30 %). Con el método objetivo, un suelo con 50.000 € de valor catastral vendido tras 10 años paga 1.591,80 € (50.000 € x 0,12 x 26,53 %).
Está por debajo de la mediana de los 96 municipios de la provincia con dato (28 %); ocupa el puesto 59.º de 96, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (26 %, 3.316 municipios).
| Años de tenencia | Coeficiente | Tipo |
|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,15 | 26,53 % |
| 1 año | 0,15 | 26,53 % |
| 2 años | 0,14 | 26,53 % |
| 3 años | 0,14 | 26,53 % |
| 4 años | 0,16 | 26,53 % |
| 5 años | 0,18 | 26,53 % |
| 6 años | 0,19 | 26,53 % |
| 7 años | 0,20 | 26,53 % |
| 8 años | 0,19 | 26,53 % |
| 9 años | 0,15 | 26,53 % |
| 10 años | 0,12 | 26,53 % |
| 11 años | 0,10 | 26,53 % |
| 12 años | 0,09 | 26,53 % |
| 13 años | 0,09 | 26,53 % |
| 14 años | 0,09 | 26,53 % |
| 15 años | 0,09 | 26,53 % |
| 16 años | 0,10 | 26,53 % |
| 17 años | 0,13 | 26,53 % |
| 18 años | 0,17 | 26,53 % |
| 19 años | 0,23 | 26,53 % |
| 20 años o más | 0,40 | 26,53 % |
Evolución del tipo
El tipo de gravamen bajó de 26,8 % en 2022 a 26,53 % en 2026 (-1,0 %).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Impuesto de circulación en Sevilla
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 61 € al año en Sevilla. Es 1,79 veces la cuota mínima legal de 34,08 €; el máximo permitido es el doble.
Está por encima de la mediana de los 101 municipios de la provincia con dato (57,93 €); ocupa el puesto 29.º de 101, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (38,51 €, 7.391 municipios).
| Turismos | |
|---|---|
| Menos de 8 caballos fiscales | 21,45 € |
| De 8 a 11,99 caballos fiscales | 61 € |
| De 12 a 15,99 caballos fiscales | 130,93 € |
| De 16 a 19,99 caballos fiscales | 176,53 € |
| De 20 caballos fiscales en adelante | 220,64 € |
| Autobuses | |
| Menos de 21 plazas | 151,61 € |
| De 21 a 50 plazas | 212,37 € |
| Más de 50 plazas | 274,36 € |
| Camiones | |
| Menos de 1.000 kg de carga útil | 76,95 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 152,44 € |
| Más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil | 217,11 € |
| Más de 9.999 kg de carga útil | 271,39 € |
| Tractores | |
| Menos de 16 caballos fiscales | 31,63 € |
| De 16 a 25 caballos fiscales | 50,82 € |
| Más de 25 caballos fiscales | 152,44 € |
| Remolques | |
| De más de 750 y menos de 1.000 kg de carga útil | 31,63 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 50,82 € |
| Más de 2.999 kg de carga útil | 152,44 € |
| Otros vehículos | |
| Ciclomotores | 5,92 € |
| Motocicletas hasta 125 cc | 5,92 € |
| Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc | 13,63 € |
| Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc | 27,12 € |
| Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc | 59,67 € |
| Motocicletas de más de 1.000 cc | 119,34 € |
Evolución, turismo de 8 a 11,99 CV
La cuota bajó de 61,78 € en 2022 a 61 € en 2026 (-1,3 %).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
ICIO en Sevilla
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y ObrasQuien hace una obra con licencia o declaración responsable en Sevilla paga un ICIO de 3,22 % del presupuesto de ejecución material (máximo legal 4 %). Una reforma de 20.000 € paga 644,00 €.
Está por encima de la mediana de los 100 municipios de la provincia con dato (3,1 %); ocupa el puesto 42.º de 100, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (2,7 %, 6.919 municipios).
El tipo del ICIO bajó de 3,25 % en 2022 a 3,22 % en 2026 (-0,9 %).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Tasa de basuras en Sevilla
Tasa por recogida de residuosTarifa 2026 para viviendas según la ordenanza fiscal. Publicación: BOP Sevilla n.º 89, 09/05/2024 (aprobación definitiva por resolución de 15/04/2024). Se calcula según: consumo de agua. Cobra: Ayuntamiento (Agencia Tributaria de Sevilla), en la factura del agua de EMASESA. Recibo: con cada factura del agua de EMASESA.
| Vivienda con contador: 45,50 % de las cuotas de saneamiento (vertido y depuración) de la factura del agua | ver texto |
| Vivienda sin contador, sin suministro o sin red de saneamiento municipal: 16,67 € al trimestre (anualizado) | 66,68 € |
Reducciones: Reducción del 20 % de la cuota para unidades familiares en estado de necesidad o riesgo de exclusión social, a solicitud y con informe de Servicios Sociales.
Cambios: Sin cambios desde 2024 (el libro de ordenanzas fiscales 2026 mantiene el texto de 2024)
Para viviendas no hay cuota fija: la tasa es el 45,50 % de lo que se paga por saneamiento, así que depende del consumo de agua. Una disposición transitoria preveía bajar ese coeficiente si subía la tarifa de EMASESA en 2024 o 2025. El pleno rechazó el 30/01/2025 una nueva tasa por persona empadronada para cumplir la Ley 7/2022; según prensa, en 2026 el gobierno municipal anunció un nuevo intento, sin aprobación publicada en el BOP a fecha de consulta.
Fuente: ordenanza fiscal de Sevilla ; Agencia Tributaria de Sevilla, ordenanzas fiscales 2026 (enlaza el texto de 2024 de la tasa de basuras; copia archivada 01/01/2026); BOP Sevilla n.º 89, 09/05/2024: texto íntegro de la ordenanza fiscal de la tasa de recogida domiciliaria de basuras. Consultado el 6 de octubre de 2026.
IAE en Sevilla
Impuesto sobre Actividades EconómicasSolo lo pagan empresas con más de un millón de euros de cifra de negocios. Sevilla aplica un coeficiente de situación de 1,36 a 3,42 según la calle en 2026 (máximo legal 3,8).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Sobre estos datos
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026. Los tipos son los que cada ayuntamiento comunica al Ministerio (consulta de información impositiva municipal), años 2022 a 2026. Esta web es privada e independiente: el Ministerio de Hacienda no la ha elaborado ni la respalda. Las cuotas son orientativas; lo que vale es la ordenanza fiscal de Sevilla y tu recibo. Las reglas generales están en el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).