Impuestos municipales en Valle de Bardají 2026
Municipio de Huesca, Aragón, 52 habitantes. Código 22243.
- IBI urbano (tipo)
- 0,6 %más bajo que la provincia
- Plusvalía (tipo de gravamen)
- 25 %dato de 2023
- Circulación, turismo 8 a 11,99 CV
- 34,08 €más bajo que la provincia
- ICIO (obras)
- 4 %más alto que la provincia
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
IBI en Valle de Bardají
Impuesto sobre Bienes InmueblesEl tipo del IBI urbano en Valle de Bardají es 0,6 % en 2026. Se aplica sobre la base liquidable de cada inmueble (normalmente el valor catastral o algo menos): con 100.000 € de base, la cuota íntegra son 600 € al año, antes de bonificaciones.
Está por debajo de la mediana de los 201 municipios de la provincia con dato (0,65 %); ocupa el puesto 126.º de 201, de mayor a menor. En el conjunto del país queda igual que la mediana de España (0,6 %, 7.391 municipios).
| Urbana (viviendas, locales) | 0,6 % |
|---|---|
| Rústica | 0,53 % |
| Bienes de características especiales | 0,6 % |
| Última revisión catastral general | 1994 |
Los valores catastrales de Valle de Bardají proceden de la ponencia de valores de 1994. Desde entonces solo cambian con los coeficientes de actualización que fija la ley de presupuestos.
Evolución del tipo urbano
El tipo urbano no ha cambiado entre 2022 y 2026: 0,6 %.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Plusvalía municipal en Valle de Bardají
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (IIVTNU)Hacienda no tiene los tipos de plusvalía de Valle de Bardají para 2026. Se muestran los últimos comunicados, de 2023.
La plusvalía se paga al vender, donar o heredar un inmueble urbano. En Valle de Bardají el tipo de gravamen es 25 % (máximo legal 30 %). Con el método objetivo, un suelo con 50.000 € de valor catastral vendido tras 10 años paga 1.250 € (50.000 € x 0,1 x 25 %).
| Años de tenencia | Coeficiente | Tipo |
|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,15 | 25 % |
| 1 año | 0,15 | 25 % |
| 2 años | 0,14 | 25 % |
| 3 años | 0,15 | 25 % |
| 4 años | 0,17 | 25 % |
| 5 años | 0,18 | 25 % |
| 6 años | 0,19 | 25 % |
| 7 años | 0,18 | 25 % |
| 8 años | 0,15 | 25 % |
| 9 años | 0,12 | 25 % |
| 10 años | 0,10 | 25 % |
| 11 años | 0,09 | 25 % |
| 12 años | 0,09 | 25 % |
| 13 años | 0,09 | 25 % |
| 14 años | 0,09 | 25 % |
| 15 años | 0,10 | 25 % |
| 16 años | 0,13 | 25 % |
| 17 años | 0,17 | 25 % |
| 18 años | 0,23 | 25 % |
| 19 años | 0,29 | 25 % |
| 20 años o más | 0,45 | 25 % |
Evolución del tipo
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Impuesto de circulación en Valle de Bardají
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)Un turismo de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 34,08 € al año en Valle de Bardají. Es la cuota mínima que fija la ley (art. 95.1 TRLRHL).
Está por debajo de la mediana de los 201 municipios de la provincia con dato (37,49 €); ocupa el puesto 127.º de 201, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por debajo de la mediana de España (38,51 €, 7.391 municipios).
| Turismos | |
|---|---|
| Menos de 8 caballos fiscales | 12,62 € |
| De 8 a 11,99 caballos fiscales | 34,08 € |
| De 12 a 15,99 caballos fiscales | 71,94 € |
| De 16 a 19,99 caballos fiscales | 89,61 € |
| De 20 caballos fiscales en adelante | 112 € |
| Autobuses | |
| Menos de 21 plazas | 83,30 € |
| De 21 a 50 plazas | 118,64 € |
| Más de 50 plazas | 148,30 € |
| Camiones | |
| Menos de 1.000 kg de carga útil | 42,28 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 83,30 € |
| Más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil | 118,64 € |
| Más de 9.999 kg de carga útil | 148,30 € |
| Tractores | |
| Menos de 16 caballos fiscales | 17,67 € |
| De 16 a 25 caballos fiscales | 27,77 € |
| Más de 25 caballos fiscales | 83,30 € |
| Remolques | |
| De más de 750 y menos de 1.000 kg de carga útil | 17,67 € |
| De 1.000 a 2.999 kg de carga útil | 27,77 € |
| Más de 2.999 kg de carga útil | 83,30 € |
| Otros vehículos | |
| Ciclomotores | 4,42 € |
| Motocicletas hasta 125 cc | 4,42 € |
| Motocicletas de más de 125 hasta 250 cc | 7,57 € |
| Motocicletas de más de 250 hasta 500 cc | 15,15 € |
| Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 cc | 30,29 € |
| Motocicletas de más de 1.000 cc | 60,58 € |
Evolución, turismo de 8 a 11,99 CV
La cuota no ha cambiado entre 2022 y 2026: 34,08 €.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
ICIO en Valle de Bardají
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y ObrasQuien hace una obra con licencia o declaración responsable en Valle de Bardají paga un ICIO de 4 % del presupuesto de ejecución material (máximo legal 4 %). Una reforma de 20.000 € paga 800 €.
Está por encima de la mediana de los 193 municipios de la provincia con dato (2,5 %); ocupa el puesto 1.º de 193, de mayor a menor. En el conjunto del país queda por encima de la mediana de España (2,7 %, 6.919 municipios).
El tipo del ICIO no ha cambiado entre 2025 y 2026: 4 %.
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Tasa de basuras en Valle de Bardají
Tasa por recogida de residuosSin datos de tasa de basuras de Valle de Bardají. La fija cada ayuntamiento en su ordenanza fiscal y no figura en la base de datos de Hacienda; desde la Ley 7/2022 de residuos casi todos la cobran.
IAE en Valle de Bardají
Impuesto sobre Actividades EconómicasSolo lo pagan empresas con más de un millón de euros de cifra de negocios. Valle de Bardají aplica un coeficiente de situación único de 1,00 en 2026 (máximo legal 3,8).
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026.
Sobre estos datos
Origen de los datos: Ministerio de Hacienda (SGFAL), ejercicio 2026, actualizado 6/10/2026. Los tipos son los que cada ayuntamiento comunica al Ministerio (consulta de información impositiva municipal), años 2022 a 2026. Esta web es privada e independiente: el Ministerio de Hacienda no la ha elaborado ni la respalda. Las cuotas son orientativas; lo que vale es la ordenanza fiscal de Valle de Bardají y tu recibo. Las reglas generales están en el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).